Prestamistas informales


OPINION

Oscar Luperon.

Saludos especiales distinguidos amigos, quienes nos esperan cada lunes con Temas interesantes del dia a dia, en esta  intervención estaremos tratando el préstamo informal, es aquel que se  otorga fuera del sistema financiero nacional;  Algunos ejemplos son los créditos de familiares y amigos, los sistemas de 'pandero' o juntas, de proveedores, al minorista o el fiado, las casas de empeño, los otorgados por prestamistas individuales o agiotistas, entre otros.


 Los prestamistas informales prometen que en el mismo momento en que se solicita el crédito, se recibe la ayuda económica. Pequeños montos: Otra de sus particularidades es que los créditos son otorgados en su gran mayoría, por créditos menores a USD 300 dólares. o 20,000.00 mil pesos.                         

Como prestamista es necesario que analices bien el proyecto que se ponga frente a ti para ser fondeado. Es interesante que se puedan analizar todas las variables, si es riesgoso o no y qué tanto. Te recomendamos que analices si ves potencial de éxito, y si es así, estima en cuánto tiempo será exitoso.


 Los llamados prestamistas informales conocidos popularmente como «gota a gota» o «agiotistas» están cobrando intereses en los préstamos que alcanzan hasta el 10%, 15% , hasta un 20% mensual; dicha sumas bien altas, sin tener en cuenta la banca legal de la nación;  en este sentido damos un vistazo a la legislación pasada la cuál regulaba esa situación, esto nos obliga a mencionar la ley 312 la cuál establecía que el interés convencional, tanto en materia civil como comercial, no excederá de un 1% mensual, con excepción de los hechos por casas de banco como bienes de empeño, sobre bienes inmuebles depositados y retenidos como garantía.


La usura es la práctica que consiste en cobrar un interés excesivamente alto por un préstamo; por muchos años, estaba sujeta a regulación en República Dominicana, pero el artículo 91 de la Ley Monetaria y Financiera No.183-02 derogó ciertas leyes y normas sobre la materia. Por ende, al día de hoy, la usura como tal no es regulada en el país y no existe una tasa de interés determinada por la ley.


Por el contrario, en República Dominicana impera el principio constitucional de la libertad de empresa. En este razón, las tasas de interés convencionales de un préstamo pueden ser libremente pactadas y deben ser fijadas por escrito. Esto permite que los  usuarios de ese servicio caigan en esta situación por la inseguridad, la falta de oportunidad de adquisición y la desproporción del estado Dominicano, hacen qué los más pobres sean explotado por los qué más puede o tengan un capital a esos fines. En este sentido no todo es color de Rosa, pues a diario se ven envueltos en grandes  problemas, eso da lugar a que trabajar en una red de préstamos representa inseguridad la por tal razón esto causa un riesgo económico, ya qué quienes laboran en ese negocio están amenazados con ser engañados por “los mala pagas” y delincuente, estos usan algunas maniobras malintencionadas tales cómo: cancelar las tarjetas de cobro, mudarse de la dirección donde Residen, agacharse los días de cobros etc, hace que los que practican está actividad se pongan de muy mal humo e incluso amenacen su integridad física.


Aunque bueno sería que esta clase de negocios sean regulados, educados y organizados, no es menos cierto qué en ocasiones el capital no es tan alto para pagar el procedimiento de la incorporación de una compañía, eso hace que siga el desorden y el caos.

Quizás se les pueda llamar minis empresarios, porque saben mover cientos  de miles de pesos al mes, muchas  veces son demandados por los deudores y de forma insólitas hasta amenazados por su dinero, lo cuál transgrede el viejo dicho que señala  "el que debe paga o ruega" en República Dominicana, no siempre es así, pues cuando llega el cobrador, algunos deudores dicen palabras irrepetible y los maldicen. Pero estos acreedores desarrollan muchas artimañas y destrezas,  en ocasiones no necesitan la intervención de ningún abogado, ellos aprender a redactar los actos notariales, con muchos errores sí, pero  en un momento determinado sirve para sustentar y cobrar la deuda.

Dichos pagarés, sirven para ejecutar y cobrar las acreencias, pero los prestamistas se encuentran con una gran pared qué es la ley 396-19: Esta ley tiene por objeto asegurar la legalidad y la razonabilidad de las actuaciones de los ministeriales actuantes y agentes que lo asistirán en el otorgamiento de la fuerza pública para llevar a cabo las medidas conservatorias y ejecutorias. En muchas ocasiones se cumple el viejo dicho que  dice "que más vales la sal qué el chivo", los costos de estos procesos son muy altos y prefieren perder la inversión.

Más temprano que tarde habrá qué buscar una protección para este tipos de inversión, lo cuál trae sustento a muchas familias, y consigo algún tipo de empleos, qué ayuda a mejorar la calidad de vida de los que viven de ese tipo de negocios. Lo cuál sin lugar a dudas ayudan  y más cuando no se tiene para resolver en un momento determinado. Ante ese déficit en la economía familiar, los dominicanos de menor ingreso se ven “obligados” a recurrir a deudas  para poder llegar a fin de mes. Esos datos se evidencian en la más reciente Encuesta Nacional de Inclusión Financiera (ENIF) 2019, del Banco Central (BC), la cual arroja que aquellos dominicanos cuyo ingreso es menor a RD$31,200 muestran más arraigo a los préstamos, al empeño de algunos de sus bienes, al coger fiado en los colmados etc. 

En ese sentido hay cosas muy positivas y cosas negativas en ese tipo de negocios, ya usted se hará su propia  opinión.


Gracias por leer mis comentarios en el periodico la colega.net.do, Su amigo Oscar Luperón

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